Fecha límite para someter reclamos de deuda
Para ser eligible para recibir todas las distribuciones hechas por los Liquidadores Conjuntos, incluyendo distribuciones pasadas, los acreedores tienen que someter reclamos de deuda validas a más tardar el 16 de abril 2022.
Acreedores que no sometan reclamos de deuda validos a más tardar el 16 de abril 2022 serán eligible para recibir solamente distribuciones hechas en el future, dado que se reciba un reclamo de deuda valido a más tardar en la fecha indicada en la notificación de intención de declarar una distribución.
Los Liquidadores Conjuntos han fijado esta fecha límite en virtud del tiempo que ha pasado desde el comienzo de la liquidación y para asegurar que los acreedores que ya han sometido reclamos de deudo no sean afectados adversamente por de cualquier reclamo de deudo valido de cuantía importante que no ha sido recibido.
Los acreedores cuyas reclamaciones de deuda ya se hayan registrado con los Liquidadores Conjuntos no están obligados a presentar una nueva reclamos de deuda antes de la fecha límite.
LIQUIDADORES ANUNCIAN TERCERA DISTRIBUCIÓN
A los liquidadores de Stanford International Bank Limited (SIB) le da placer anunciar que ahora hemos recibidos los fondos que quedaban congelados en Suiza por haber recibido la porción de esos fondos que le correspondían al patrimonio le la liquidación de Antigua. Ahor estamos preparándonos para pagar una tercera distribución a los acreedores en el monto del 1% de los reclamos. 1% of del total de los reclamos de los acreedores equivale a aproximadamente US$50 millones. La tercera distribución resultara en una distribución total por los liquidadores a la fecha de 2.6% de los reclamos de los acreedores.
Notificación de la distribución será enviada a todos los acreedores pronto por via del del correo electrónico registrado que tenemos en los archivos.
Por favor mande cualquiera pregunta que tenga a stanford.enquiries@uk.gt.com
Mark McDonald and Hugh Dickson
Liquidadores Conjuntos
El Caso de SIB Contra HSBC Procederá a Juicio
Es con gran placer que les notificamos que hemos triunfado en lograr que la aplicación de HSBC para desestimar o rechazar nuestros reclamos contra HSBC de manera sumaria sea rechazada, lo cual significa que nuestro caso contra HSBC ahora puede proceder a juicio. Vea copia de la sentencia escrita del Juez Nugee de la Corte Suprema de Justicia de Inglaterra y Gales anexada.
Los reclamos que HSBC había pedido que sean desestimados o rechazados de manera sumaria eran:
- Que HSBC no cumplió con su obligación de diligencia en ejercer el cuidado suficiente para asegurar que los dineros siendo pagados de las cuentas bajo su control estaban siendo pagados de la manera apropiada.
- Que HSBC debería pagar daños por asistencia deshonesta con relación a las violaciones de los deberes fiduciarios de Robert Alan Stanford.
Después de una audiencia virtual, la cual duro dos días el 30 y 31 de julio, el Señor Juez Nugee decidió de la siguiente manera:
- Rechazar la aplicación de HSBC para desestimar o rechazar de manera sumaria el reclamo de SIB por incumplimiento con la obligación de diligencia.
- Aceptar la aplicación para desestimar el reclamo de SIB por asistencia deshonesta. No obstante, el Juez no rechazo el reclamo en manera sumaria conta nosotros. El Juez noto que, si información fuese encontrado durante el proceso de descubrimiento de pruebas que respalde un caso para asistencia deshonesta, podremos volver a alegar el reclamo para el juicio.
- La suspensión de este caso que previamente había sido impuesta ya no es aplicable y las partes procederán con las preparaciones para el juicio.
Vea copia de Sentencia anexada. Este es un buen resultado para SIB, y, no obstante que nuestro reclamo basado en asistencia deshonesta fue desestimado, creemos que nuestro reclamo basado en incumplimiento con la obligación de diligencia es fuerte y continuaremos a procesar ese reclamo. También revisaremos la producción de pruebas cuidadosamente para determinar si provee suficiente información y evidencia para que podamos volver a alegar el reclamo para asistencia deshonesta. Los próximos pasos serán proceder con el intercambio de producción de pruebas entre las partes y, por último, tenemos esperanza que el juico de este caso ocurrirá en octubre 2011.
Continuaremos a notificarles de cualquier desarrollo importante por esta via en este caso y otros casos.
Actualización sobre la mediación entre SIB y TD Bank
Como el proceso delantero al juicio en este caso que durara tres meses, programado para comenzar en enero de 2021, la Corte de Ontario obligo a las dos partes que participen en una mediación para que las partes atenten resolver el caso sin ir a juicio.
Confirmamos que los Liquidadores Conjuntos y TD Bank participaron en una mediación via videoconferencia el 20 de mayo de 2020. No se llegó a ningún acuerdo entre las partes y los Liquidadores Conjuntos y su equipo legal continúan preparándose para el juicio en el caso.
El Privy Council Confirma que los Liquidadores de Stanford International Bank Limited (SIB) No Pueden Recuperar Fondos de Acreedores Quienes Son Ganadores Netos (Net Winners) ni Quienes Recibieron Preferencias (Preference Creditors)
El Privy Council a decidido que la ley aplicable a la liquidación de SIB en Antigua y Barbuda no permite que los Liquidadores ajusten las perdidas entre todos los que depositaron en SIB, si no que las perdidas se tienen que mantener como existían cuando SIB se liquidó en febrero de 2009. El Privy Council emitió su decisión sobre estos temas en una sentencia de 42 paginas emitida el 16 de diciembre de 2019. La Junta del Privy Council, la cual esta localizada en Londres, es la corte más alta para decidir temas relacionados con la liquidación de SIB y esta decisión es final, sin recurso, en cuanto a lo decidido en la misma.
Esta decisión significa que los Liquidadores no pueden entablar ningún reclamo contra los Ganadores Netos (Net Winners) (aquellos inversionistas quienes retiraron más fondos de lo que invirtieron) o Acreedores con Preferencia (Preference Creditors) (aquellos inversionistas quienes retiraron fondos dentro de los 6 meses antes de la liquidación de SIB). Como resultado, los Liquidadores ahora liberaran los dineros que los Liquidadores habían retenido de acreedores con preferencias.
Esta decisión permite que los Liquidadores liberen aproximadamente US$20 millones que fueron retenidos de 4,093 acreedores con preferencias en las primeras dos distribuciones. Los Liquidadores comenzaran las preparaciones para distribuir estos fondos pronto y estarán en contacto, por correo electrónico, con todos los acreedores con preferencias a quienes les afecte esta decisión.
Un enlace a la decisión completa del Privy Council sigue:
https://www.jcpc.uk/cases/docs/jcpc-2018-0075-judgment.pdf
LIQUIDADORES ANUNCIAN UNA SEGUNDA DISTRIBUCIÓN
Los Liquidadores Conjuntos de Stanford International Bank Limited (SIB) les agrada avisar que estamos preparándonos para pagar una segunda distribución en la cantidad de US$30 millones a los acreedores. Esta distribución va a ser de aproximadamente un 0.6% del total de los reclamos que se han admitido en la liquidación de SIB.
La distribución será emitida por vía de cheque y será enviado por correo o por mensajero a la dirección postal de los acreedores más reciente que tenemos en nuestros archivos.
Acreedores solo necesitan comunicarse con nosotros si ha habido algún cambio en la dirección postal que tenemos para usted. Si su dirección a cambiado, tiene que comunicarse con nosotros antes de 31 de marzo 2019 vía correo electrónica a Stanford.enquiries@uk.gt.com, para corregir la dirección postal. Por favor no se comunique con nosotros si su dirección no ha cambiado.
Ninguna distribución se hará a aquellos acreedores a los cuales se le ha notificada que su distribución está siendo detenida por cualquier razón.
Por favor mande cualquiera pregunta que tenga a Stanford.enquiries@uk.gt.com.
Mark McDonald and Hugh Dickson
Liquidadores Conjuntos