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1. ¿Qué más necesito hacer en este momento si ya he presentado mi reclamación?

Si ya ha presentado una reclamación en la liquidación en Antigua, no es necesario hacer nada más en este momento. De igual manera, si usted ha recibido una carta de reclamación confirmando la cantidad de su reclamo que ha sido admitida en la liquidación y/o ha recibido una confirmación automática que su reclamación fue recibida por correo electrónico, no se requiere ninguna otra acción en este momento. Le notificaremos a todos los acreedores una vez todas las reclamaciones hayan sido examinadas, incluyendo instrucciones sobre cómo comunicarse con nosotros si usted no ha recibido una carta de reclamación o aviso de rechazo.

2. ¿Qué más necesito hacer en este momento si ya he recibido una carta confirmando la cantidad de mi reclamo que ha sido admitida en la liquidación?

Si usted está de acuerdo con la cantidad de su reclamo que ha sido admitida en la liquidación no es necesario hacer nada más. Usted será incluido en cualquier distribución en el futuro en una base proporcional. Si no está de acuerdo con la cantidad de su reclamo, por favor notifíquenos por escrito, incluyendo las razones por las cuales usted no está de acuerdo con la cantidad.

3. El "Aviso de Prueba" se refiere a los "acreedores no garantizados." Son esos los antiguos titulares de cuentas de SIB?

Sí. Los “acreedores no garantizados” incluyen los antiguos titulares de cuentas, así como los acreedores comerciales y antiguos empleados de SIB.

4. ¿El Aviso de Prueba publicado el 14 de Febrero, 2013 garantiza que una distribución será anunciada dentro de los dos meses siguientes a dicha fecha?

No. Esta es una indicación de que una distribución se “prevé”. No garantiza que un anuncio de distribución se hará en el marco de tiempo señalado. Le recomendamos forzosamente que toda persona que aún no ha presentado una prueba de deuda, o que se le ha solicitado presentar información adicional, debe hacerlo de inmediato para asegurar su participación en la distribución cuando y si se anuncie.

5. ¿Esta distribución es separada de la distribución recientemente anunciada por el Síndico Estadounidense?

Si. Esta será una distribución de la liquidación de Antigua.

6. ¿El pago se realizará por cheque sólo en dólares estadounidenses? ¿Qué pasa si es prohibido recibir un cheque en dólares en mi país?

Toda distribución será realizada por cheque en dólares estadounidenses a menos que una razón importante sea presentada por escrito a la liquidación utilizando la dirección de correo electrónico stanford.claims.support@uk.gt.com indicando por qué no puede recibir una distribución por cheque en dólares estadounidenses.

7. ¿Si los acreedores no están incluidos en una determinada distribución tienen derecho a participar en futuras distribuciones? ¿Recibirán la cantidad de dividendos pagados en las distribuciones anteriores además de la cantidad en la distribución actual?

Si. Los acreedores que demuestren su deuda después de una distribución podrán participar en futuras distribuciones y recibirán una cantidad igual a la que hubieran recibido en una distribución anterior en la cual no participaron cuando se haga la próxima distribución después de que comprueben su reclamo.

8. ¿Como serán tratados acreedores pequeños?

El Acta de Corporaciones Bancarias de Antigua y Barbuda define pequeños depositantes como aquellos con “depósitos de ahorros o a plazo o con cuentas de fondos fiduciarios en cantidades que no excedan veinte mil dólares [Moneda del Caribe Oriental], respectivamente.” Estos acreedores serán preferidos y pagados antes de cualquier distribución a los acreedores generales no garantizados de SIB, como se describe en el Acta.

9. ¿Antiguos empleados están incluidos en esta distribución?

Si. Los antiguos empleados de SIB serán incluidos en cualquier distribución que se haga. Cualquier distribución de la liquidación de SIB no incluirá otras entidades de Stanford y los dividendos pagados a este grupo de acreedores no garantizados será hecho de fondos aparte de cualquier fondos congelados que el patrimonio podría recibir.

10. ¿Si aún no he recibido mi carta de reclamación confirmando la cantidad de mi reclamo permitida en la liquidación, cuando puedo esperar recibirla?

Nosotros publicaremos un aviso en la página web de la liquidación cuando todas las reclamaciones recibidas hayan sido revisadas y asesoraremos sobre como notificarnos si aún no ha recibido una carta de reclamaciones para esa fecha.

11. No tengo copias de mis estados de cuenta y les he pedido copias a ustedes, pero no las he recibido. ¿Cómo puedo enviar mi solicitud antes de la fecha límite del 31 de marzo sin esta información que me es necesaria para calcular mi posición de efectivo neto?

Si no tiene suficiente información para completar el importe neto de efectivo de su reclamo, simplemente complete la prueba de deuda e indique esto en la sección apropiada. Nosotros calcularemos la cantidad basada en los expedientes del banco y le avisaremos la cantidad junto con el apoyo para el cálculo. Seguimos trabajando para cumplir con los cientos de pedidos que hemos recibido para estados de cuenta. Sin embargo, en este momento estamos enfocando nuestros recursos en procesar las reclamaciones para asegurar que no hayan retrasos innecesarios en una distribución en el momento que una sea anunciada.